En 2012 Rajoy LIMITÓ las donaciones:
Ley Orgánica 5/2012. Artículo primero. e) Las cantidades donadas a los partidos
políticos deberán abonarse en cuentas
de entidades de crédito, abiertas exclusivamente para dicho fin.
f) De las donaciones previstas en este artículo quedará
constancia de la fecha de
imposición, importe de la misma y
del nombre e identificación fiscal del
donante.
Artículo tercero. Las condonaciones de deudas y las
donaciones estarán sujetas al límite
de 100.000 euros anuales.
https://www.boe.es/diario_boe/txt.php?id=BOE-A-2012-13123
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